Te proponemos varias razones por las que contratar tu Plan de Ahorro con nosotros:
- Nuevas Cestas de Inversión (con fondos institucionales)
- Varias modalidades de contratación: Conservadora, Equilibrada, Dinámica e Internacional.
- Nuevo bono de fidelidad en cada aniversario que permiten obtener una mejor rentabilidad
- Transparencia total para el cliente, ya que recogemos toda la información en un solo documento (incluyendo todos los gastos)
- Entrega de Documento de Datos Fundamentales (LOPD Mayo 2018)
- Flexibilidad:Porque no siempre las circunstancias son las mismas, puede variar sus aportaciones en cualquier momento o incluso suspenderlas.
- Rentabilidad: Con las primas que se paguen por esta póliza se constituirá un Fondo de Ahorro según la cesta de inversión elegida.
- Liquidez: Posibilidad de transformar su seguro de vida en un Plan de Ahorro y de rescatar el fondo una vez cumplida la primera anualidad completa.
- Ventajas fiscales: Según la ley vigente de IRPF, siempre que se cumpla:
- Tomador, asegurado y beneficiario en caso de vida sean la misma persona.
- Que la prestación se cobre en forma de renta vitalicia una vez transcurrido al menos el plazo indicado en la legislación vigente desde el pago de la primera prima.
- Que las aportaciones anuales que el tomador realice a este tipo de contratos, no superen los 8.000 euros anualmente y los 240.000 euros en total. Este límite es independiente.
- Las ventajas fiscales son:
- Durante la inversión no existe retención fiscal anual ni obligación de declarar los rendimientos.
- En el momento en que, con el importe del fondo acumulado, se constituya la renta vitalicia, sólo una parte de los importes percibidos tributarán como un Rendimiento de Capital Mobiliario. La parte de renta sometida a tributación varía entre el 40% y 8%, en función de la edad del tomador en el momento de empezar a percibirla. En el mejor de los casos, y según el tipo de gravamen actualmente en vigor esto supone una tributación efectiva de sólo el 1,52% del importe bruto de la renta.